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La frase de “un buen acuerdo es mejor que un buen pleito”, aunque manida es verdadera y muy eficaz. El único problema en el ámbito laboral, sobre todo, es que casi cualquier diferencia o decisión empresarial debe llevarse a la reclamación judicial. La parte buena en este caso es que existen multitud de sistema para llegar a un acuerdo con vinculación: SMAC, MEDIACIÓN, ARBITRAJE, CONCILIACIÓN JUDICIAL.

Contra la Administración, ya sea en materia de Seguridad Social o por sí misma como empleadora las posibilidades de negociación, en la práctica, son casi inexistentes. Aquí sí que la reclamación para la defensa de derechos es casi obligada.
En materia Civil, sí es más fácil llegar al acuerdo, máxime teniendo en cuenta el gran problema de gastos añadidos que conlleva esta jurisdicción: las tasas, en el caso procedente, la posible condena en costas, los adelantos para ejecuciones, etc.

En vía Penal, salvo que seamos los perjudicados, querellantes o denunciantes, la acción se ejercitará por el estado contra el ciudadano. En este caso, y hasta que no se conozcan bien los pormenores lo ideal es contactar con el abogado.

Éxito
Acción